Da 3 Presupuestos 2011 Extremadura

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D.A. 3ª. Impuesto sobre el suelo sin edificar y edificaciones ruinosas.

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Uno. Con efectos exclusivos para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2010, sobre la cuota íntegra del impuesto sobre el suelo sin edificar y edificaciones ruinosas se aplicará una bonificación del 100 por cien a todos los sujetos pasivos.

Dos. Los contribuyentes afectados por esta medida no vendrán obligados a presentar la declaración de bienes a que se refiere el artículo 36 del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Tributos Propios, aprobado por Decreto Legislativo 2/2006, de 12 de diciembre.