Da 3 Presupuestos 2011 Madrid

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D.A. 3ª. Personal transferido

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1. El personal que, en su caso, resulte transferido a la Comunidad de Madrid durante el año 2011, mantendrá el régimen retributivo y cuantías específicas que tenga reconocido en el momento de la efectiva transferencia.

Los pactos y convenios que regulan las condiciones de trabajo de dicho personal mantendrán su vigencia en tanto no sean sustituidos por una nueva regulación.

2. El personal incurso en procesos de promoción interna, consolidación de empleo temporal o funcionarizaciónconvocados por la Administración del Estado con carácter previo a la transferencia mantendrá, asimismo, el régimen retributivo y cuantías específicas que tenga reconocidos en el momento de la transferencia, hasta tanto se regularice la relación de servicios de dicho personal según el resultado de aquellos procesos.

En cumplimiento de lo acordado en el seno de la Comisión de Coordinación de la Función Pública de 28 de mayo de 1998, corresponde a la Comunidad de Madrid hacer efectivos los resultados de los procesos referidos en el párrafo anterior, vinculantes para la Comunidad de Madrid en lo que no se oponga a su política de recursos humanos, siempre que el personal afectado por los antedichos procesos se encuentre relacionado como tal en el Anexo del correspondiente Real Decreto de traspaso de medios personales y materiales. Asimismo, para la asunción de los efectivos por la Comunidad de Madrid será necesario que, una vez concluido cada proceso, sea aprobado el correspondiente Acuerdo de ampliación de los medios económicos correspondientes al mayor coste efectivo del traspaso y se dé traslado desde la Administración del Estado de las resoluciones derivadas de los citados procesos a la Comunidad de Madrid.

En cualquier caso, la efectividad en la Comunidad de Madrid de los resultados de dichos procesos quedará condicionada a la aprobación por ésta de los expedientes que resulten necesarios para efectuar la correspondiente adecuación de su organización interna a las situaciones jurídicas derivadas de la asunción de los referidos resultados y a la posterior toma de posesión de los interesados en los destinos adjudicados.