Da 3 Procedimiento de admisión del alumnado
Ver Indice
»D.A. 3ª. Escuelas infantiles de primer ciclo de Educación Infantil
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La presente orden regirá la admisión en el primer ciclo de Educación Infantil en:
a) Los centros públicos de titularidad de la Generalitat que impartan dichas enseñanzas.
b) Los centros de titularidad pública diferente a la de la Generalitat, en los términos indicados en el Decreto 48/2024.
2. Los centros que no tuviesen constituido consejo escolar deberán necesariamente constituirlo, a los solos efectos de efectuar el proceso de admisión del alumnado. Para ello, seguirán las normas generales de constitución de los consejos escolares.
