Da 3 Protección, Bienesta...e compañía

Da 3 Protección, Bienestar y Tenencia de animales de compañía

Ver Indice
»

D.A. 3ª. Tasa municipal

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los ayuntamientos, para sufragar los gastos derivados del cumplimiento de esta ley, podrán gravar mediante tasas municipales:

a) La tenencia, venta y cría de animales de compañía.

b) Los costes causados por la recogida, acogida y estancia del animal en el centro de acogida a las personas responsables legales de los animales de compañía que los retiren del centro de acogida.

c) Los tratamientos veterinarios, la identificación y la esterilización a las personas adoptantes, si bien la gestión de la adopción será gratuita.