Da 3 Régimen fiscal de la...e Gipuzkoa

Da 3 Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo de Gipuzkoa

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D.A. 3ª. Modificación de la Norma Foral 18/1987, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

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Se modifica la letra A) del apartado 1 del artículo 41 de la Norma Foral 18/1987, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que quedará redactada de la siguiente forma:

«A) Estarán exentos del impuesto:

a) El Estado y las Administraciones públicas territoriales e institucionales y sus establecimientos de beneficencia, cultura, Seguridad Social, docentes o de fines científicos.

b) Las entidades sin fines lucrativos a que se refiere el artículo 4 de la Norma Foral de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, que se acojan al régimen fiscal especial en la forma prevista en el artículo 16 de dicha Norma Foral.

c) Las cajas de ahorro, por las adquisiciones directamente destinadas a su obra social.

d) La Iglesia Católica y las iglesias, confesiones y comunidades religiosas que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado español.

e) Euskaltzaindia, el Instituto de España y las Reales Academias integradas en el mismo, así como las instituciones de las Comunidades Autónomas que tengan fines análogos a los de Euskaltzaindia.

f) La Cruz Roja Española y la Organización Nacional de Ciegos Españoles».