D.A. 3ª. Compensaciones a los consejeros no pertenecientes al sector público por asistencias a los consejos de administración de las sociedades mercantiles estatales cotizadas en bolsas oficiales.
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En los supuestos de sociedades mercantiles estatales cotizadas en bolsas oficiales, la cuantía máxima a percibir en concepto de asistencias por la concurrencia a las reuniones de los Consejos de administración de dichas sociedades por los consejeros independientes de las mismas se determinará mediante la correspondiente Orden de la persona titular del Ministerio de Hacienda.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 3ª) por Real Decreto 864/2025, de 30 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de diversas subvenciones en el ámbito de la Secretaría de Estado de Educación del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
(BOE de 01-10-2025) en vigor desde 02-10-2025 - Artículo modificado (D.A. 3ª (se añade)) por Real Decreto 610/2025, de 8 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la financiación de inversiones realizadas en los municipios de la Comarca del Campo de Gibraltar.
(BOE de 12-07-2025) en vigor desde 12-07-2025
