Da 3 Reglamento de desarrollo de la Ley Foral de Servicios Sociales en materia de Programas y Financiación de los Servicios Sociales de Base
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Zonas básicas de más de 30.000 habitantes.
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Las zonas básicas de más 30.000 habitantes serán consideradas como dos unidades de financiación.
