Da 3 Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal Canario
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»D.A. 3ª.- Servicio de notificación en dirección electrónica.
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Se autoriza al Consejero competente en materia tributaria para regular los supuestos en que determinadas personas y entidades están obligadas a recibir por medios electrónicos las comunicaciones y notificaciones administrativas que les realicen los órganos integrantes de la Administración Tributaria Canaria en sus actuaciones y procedimientos tributarios y en la gestión recaudatoria de los recursos de otros Entes y Administraciones Públicas que tiene atribuida o encomendada.
