Da 3 Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido -IVA-
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»D.A. 3ª. Períodos de declaración.
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Las referencias contenidas en las normas tributarias al artículo 172 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Real Decreto 2028/1985, de 30 de octubre, se entenderán efectuadas, a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, a su artículo 71.
