Da 3 Reglamento de los procedimientos de movilidad del personal funcionario de carrera de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales integrantes del sector público autonómico
D.A. 3ª. Protección de datos de carácter personal
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Los datos personales recabados en los procedimientos regulados en este reglamento serán tratados en su condición de responsable por el titular de la Secretaría General Técnica y del Patrimonio con la finalidad de llevar a cabo la tramitación administrativa que se derive de la gestión de este procedimiento y la actualización de la información y contenidos de la Carpeta ciudadana. El tratamiento de los datos se basa en el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poder públicos, conforme a la normativa recogida en la ficha del procedimiento incluida en la Guía de procedimientos y servicios, en el propio formulario anexo y en las referencias recogidas en https://www.xunta.gal/informacion-xeral-proteccion-datos. Con todo, determinados tratamientos se podrán fundamentar en el consentimiento de las personas comunicados a las administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias, cuando sea necesario para la tramitación y resolución de sus procedimientos o para que los ciudadanos puedan acceder de forma integral a la información relativa a una materia. Con el fin de darle la publicidad exigida al procedimiento, los datos identificativos de las personas interesadas serán publicados a través de los distintos medios de comunicación institucionales de los que dispone la Xunta de Galicia, como diarios oficiales, páginas web o tablones de anuncios.
Las personas interesadas podrán solicitar del responsable del tratamiento el acceso, la rectificación y la supresión de sus datos, así como ejercer otros derechos, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
