Da 3 Reglamento de Protección Pública a la Vivienda
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA.
Vigente
Lo dispuesto en el artículo 95.2 de este Reglamento será aplicable a las viviendas de nueva construcción sujetas a regímenes de protección pública con destino a arrendamiento en los programas de alquiler-joven y de integración social, promovidos por el Instituto Valenciano de Vivienda, SA.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-05-2007 en vigor desde 22-08-2007