Da 3 Se regulan los organismos de certificación administrativa (OCA)
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»D.A. 3ª. Remisión de documentación
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Los Ayuntamientos, respecto a los establecimientos abiertos por el procedimiento indicado en el artículo 9 de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, remitirán a la Conselleria competente en materia de espectáculos la declaración responsable, el proyecto de actividad y la licencia de apertura o certificado emitido por el OCA.
