Da 3 Sector eléctrico
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»D.A. 3ª. Efectos desestimatorios de la falta de notificación de resolución expresa.
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Las solicitudes de resoluciones administrativas que deban dictarse conforme a lo dispuesto en la presente ley y a la legislación específica en materia nuclear se podrán entender desestimadas si no se notifica resolución expresa en el plazo que al efecto se establezca en sus disposiciones de desarrollo.
