Da 3 Subvenciones de Navarra
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»D.A. 3ª. Subvenciones de cooperación internacional.
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1. El Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, aprobará por Decreto Foral, las normas especiales reguladoras de las subvenciones de cooperación internacional.
2. Dicha regulación se adecuará con carácter general a lo establecido en esta Ley Foral salvo que deban exceptuarse los principios de publicidad o concurrencia u otros aspectos del régimen de control, reintegros o sanciones, en la medida en que las subvenciones resulten compatibles con la naturaleza o destinatarios de las mismas.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. Unica pasa a ser D.A. 3ª) por LEY FORAL 5/2014, de 14 de abril, de modificación de laLey Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
(NA de 28-04-2014) en vigor desde 29-04-2014
