D.A. 3ª. Regulación general de los desplazamientos en el término municipal por razón del servicio
D.A. 3ª. Regulación general de los desplazamientos en el término municipal por razón del servicio
1. El personal al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears sujeto a este decreto tiene derecho a ser reembolsado por los gastos ocasionados por desplazamientos y aparcamientos con vehículos propios que, con la aprobación expresa del órgano directivo correspondiente, realice dentro del término municipal de su puesto de trabajo por motivos de servicio.
2. Se priorizará el uso de medios de transporte colectivo para dichos desplazamientos. No obstante, el órgano directivo podrá permitir el uso de otros medios de transporte si existen razones justificadas para ello.
3. Si se autoriza el uso de vehículos particulares, la indemnización que corresponde por kilometraje será la prevista en el anexo 5 de este texto consolidado.
- Modificación realizada (D.A. 3ª. (se añade)) por Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024
(BOIB de 30-12-2023) en vigor desde 01-01-2024 - Texto Original. Publicado el 09-04-2016 en vigor desde 01-01-2024