Da 3 TR. Disposiciones legales en materia de tributos propios
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»D.A. 3ª.-Recargo sobre el impuesto de actividades económicas.
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El recargo sobre las cuotas mínimas del impuesto sobre actividades económicas establecido por la Ley del Principado de Asturias 9/1991, de 30 de diciembre, será el establecido en la Ley 4/1997, de 18 de diciembre, sobre fijación en el treinta y tres por ciento del recargo sobre las cuotas mínimas del impuesto sobre actividades económicas.
