Da 3 TR de la Ley de Orde... de Aragón

Da 3 TR. de la Ley de Ordenación de la Función Pública de Aragón

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D.A. 3ª.

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A efectos de lo dispuesto en esta Ley y en las normas para su desarrollo y aplicación, únicamente se aceptarán como «equivalentes» a otras titulaciones académicas aquéllas cuya equivalencia haya sido expresamente reconocida mediante resolución del Ministerio de Educación y Ciencia.

A los mismos efectos se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de la correspondiente licenciatura.