Da 3 TR. de la Ley de Subvenciones
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 3ª. Subvenciones y ayudas de cooperación para el desarrollo.
Vigente
1. El Gobierno de Aragón aprobará por Decreto las normas especiales reguladoras de las subvenciones y ayudas de cooperación para el desarrollo.
2. Dicha regulación se adecuará, con carácter general, a lo establecido en esta Ley, salvo que deban exceptuarse los principios de publicidad o concurrencia u otros aspectos del régimen de control, reintegros o sanciones en la medida en que las subvenciones o ayudas sean aplicación de la política de cooperación para el desarrollo del Gobierno y resulten incompatibles con la naturaleza o los destinatarios de las mismas.