Da 30 Presupuestos 2018 de la Generalitat
D.A. 30ª. De la contabilidad aplicable a determinadas entidades del sector público administrativo de la Generalitat
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1. Durante el ejercicio 2018 el control interno de los organismos autónomos Instituto Cartográfico Valenciano; Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias; Institut Valencià de la Joventut; Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria; y Autoridad de Transporte Metropolitano de Valencia se ejercerá exclusivamente mediante la modalidad de auditoría pública.
2. En tanto que no se apruebe la adaptación del Plan general de contabilidad pública de la Generalitat a que se refiere la disposición transitoria segunda de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, las entidades de derecho público integradas en el sector público administrativo a que se refiere el artículo 3.1.c de la citada ley continuarán aplicando los principios y normas de contabilidad recogidos en el Código de Comercio y el Plan general de contabilidad de la empresa española.
- Artículo modificado (D.A. 30ª (apdo. 1)) por DECRETO LEY 3/2018, de 13 de julio, del Consell, por el que se modifica la Ley 22/2017, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2018.
(GV de 17-07-2018) en vigor desde 17-07-2018
