Da 32 Presupuestos 2015 Aragón

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D.A. 32ª.- Autorización para la prestación de garantía a favor de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y sus sociedades.

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1. Se autoriza al Gobierno de Aragón para prestar garantía mediante aval o cualquier otra forma admitida en derecho, incluso concertándola con una entidad financiera, a favor de Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, Televisión Autonómica de Aragón, S.A., y Radio Autonómica de Aragón, S.A., ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en garantía de la deuda tributaria de tales entidades que pudiera derivarse de las liquidaciones del Impuesto del Valor Añadido de los ejercicios 2012, 2013 y 2014, por un importe máximo de dieciocho millones de euros.

2. El Gobierno de Aragón, mediante Decreto, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, establecerá el plazo, la forma jurídica, cuantía concreta y demás condiciones de la garantía, que observarán los requisitos exigidos por la legislación tributaria para admitir la suspensión de la eficacia de los actos en vía de impugnación.

3. La garantía se podrá extender tanto a la vía administrativa, como económico administrativa, así como a la impugnación ante la jurisdicción contencioso administrativa.

4. Del otorgamiento de la garantía, bien total, bien parcial, se dará cuenta a la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública de las Cortes de Aragón.

5. El importe del aval autorizado por la presente ley no se computará a los efectos de importe total o saldo deudor máximo de los avales a prestar por el Gobierno de Aragón determinado por el artículo 36 de esta ley, sin perjuicio de su consideración dentro de los conceptos que correspondan conforme a las reglas de la contabilidad pública.