Da 33 Presupuestos 2013 Murcia
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»D.A. 33ª. Devengo de la paga adicional de complemento específico y de la productividad semestral (factor de complemento de destino y factor de complemento específico) en el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de diciembre de 2013.
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Durante el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de diciembre de 2013, los miembros del Consejo de Gobierno y altos cargos de la Administración pública regional, así como el personal funcionario, el personal laboral y el personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, no devengarán cantidad alguna en concepto de paga adicional de complemento específico y productividad semestral (factor de complemento de destino y factor de complemento específico), con los consiguientes efectos económicos que se determinen en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2014.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 11/2013, de 29 de noviembre, sobre modificación dela Ley 13/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de laComunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2013,de regulación del devengo de diciembre de 2013, de la pagaadicional de junio de 2014.
(MU de 30-11-2013) en vigor desde 01-12-2013
