Da 34 Presupuestos Genera...e Canarias

Da 34 Presupuestos Generales 2025 de Canarias

Ver Indice
»

D.A. 34ª. Asistencias por participación en órganos de selección.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. En el año 2025, el régimen y las cuantías de las asistencias por participación en órganos de selección se sujetará a lo establecido en el Reglamento de indemnizaciones por razón del servicio, aprobado por el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, con las siguientes salvedades:

a) En el caso de las asistencias que se devenguen por la participación en órganos de selección, constituidos en relación con las convocatorias derivadas de la ejecución de ofertas de empleo público correspondientes al sector de Administración general, así como del sector de personal docente de la comunidad autónoma y al Servicio Canario de la Salud, no resultará de aplicación la limitación prevista en el artículo 39.2 del reglamento citado, sin que en ningún caso el número de asistencias en un mismo día pueda exceder de dos.

b) Las indemnizaciones devengadas por asistencia a órganos colegiados de selección de personal, a las que se refiere el párrafo a) anterior, así como de provisión de puestos de trabajo mediante concurso, en el ámbito de la Administración general, se abonarán con un incremento del 10% respecto a las cuantías que estuvieran vigentes a 31 de diciembre de 2024.

c) El límite del importe total que se puede percibir por año natural, previsto en el artículo 40.5 del reglamento citado, queda establecido en el 20% para las asistencias que se devenguen por la participación en órganos de selección constituidos en relación con las convocatorias derivadas de la ejecución de ofertas de empleo público correspondientes al sector de la Administración general de la comunidad autónoma.

2. Los miembros de los órganos de selección designados para la calificación de los procedimientos selectivos de personal docente tendrán derecho a percibir los gastos de manutención previstos en el artículo 13 del Reglamento de indemnizaciones por razón del servicio, citado, independientemente del centro educativo en que se encuentren prestando servicios, en los términos establecidos en dicha norma.