Da 36 Impuesto sobre Sociedades de Navarra -Derogada-
D.A. 36ª. Empresas concesionarias de infraestructuras públicas.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Las empresas concesionarias de infraestructuras públicas podrán aplicar la deducción establecida en el artículo 63 por las inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material o de inversiones inmobiliarias, excluidos los terrenos, que, de conformidad con lo previsto en la Orden EHA/3362/2010, deban ser reclasificados o clasificados en inmovilizado intangible o en activo financiero.
2. La deducción se aplicará en los plazos, con los requisitos y condiciones señalados en los artículos 63, 64, 65 y 72.
Para el cómputo de las magnitudes establecidas en el artículo 64.c) se incluirá también el valor contable preexistente de los elementos del inmovilizado material o de inversiones inmobiliarias, que, por aplicación de la mencionada Orden EHA/3362/2010, hayan sido reclasificados o clasificados en inmovilizado intangible o en activo financiero.
- Artículo modificado por LEY FORAL 38/2013, de 28 de diciembre, de modificaciónde diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(NA de 30-12-2013) en vigor desde 01-01-2013
