Da 36 Presupuestos 2015 Canarias
D.A. 36ª.- Competencias de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera en materia de pagos.
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1. Durante el ejercicio 2015 corresponderá a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera la ordenación general y la materialización de pagos de los entes del sector público con presupuesto limitativo a que se refiere el apartado 1 del artículo 3 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, tanto por operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias.
2. El Gobierno, atendiendo a criterios de volumen de gasto, número de centros de gasto y nivel de cofinanciación de los fondos gestionados, podrá autorizar a los entes con presupuesto limitativo la materialización de sus pagos, viniendo obligados los entes autorizados a facilitar toda la información requerida a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
