Da 38 IRPF Bizkaia

D.A. 38ª.- Socios de Agrupaciones de Interés Económico sometidas a otra normativa.

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D.A. 38ª.- Socios de Agrupaciones de Interés Económico sometidas a otra normativa.

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En los casos de socios de Agrupaciones de Interés Económico que no estén sometidas a la normativa foral del Territorio Histórico de Bizkaia cuyas aportaciones deban ser calificadas como instrumentos de patrimonio con características especiales conforme a los criterios contables, las deducciones reguladas en el artículo 66 quater de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades aplicarán el límite del 25 por 100 de la cuota íntegra de este Impuesto que se corresponda con la parte de base imponible general integrada por los rendimientos de las actividades económicas.

(NOTA: Disposición con efectos desde 1 de enero de 2024)

Modificaciones