Da 4 Condiciones básicas de los contratos de adquisición de energía y de acceso a las redes en baja tensión
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Procedimientos de cambio de modalidad de contrato en alta tensión.
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La Dirección General de Política Energética y Minas, a propuesta de la Comisión Nacional de Energía desarrollará los procedimientos de paso de contrato a tarifa de suministro a contrato de tarifa de acceso, cambio de comercializador, así como cualquier otro procedimiento que afecte a los procesos de gestión y administración de los contratos de adquisición de energía y acceso a redes en alta tensión relativos a las relaciones entre los consumidores, distribuidores y comercializadores.
