Da 4 Se desarrollan los procedimientos para la valoración y calificación del grado de discapacidad de las personas en Canarias
D.A. 4ª.- Plan de actuación urgente para la resolución de los expedientes que exceden el plazo máximo de resolución.
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Copiloto jurídico
1. Con la finalidad de agilizar los trámites para el reconocimiento de los derechos de las personas solicitantes, la Consejería competente en materia de políticas sociales aprobará, en el plazo máximo de un mes, un Plan de Actuación Urgente que incluya las medidas necesarias para posibilitar la resolución de las solicitudes pendientes por plazo superior a 6 meses. El Plan de actuación se podrá complementar con las medidas adicionales necesarias a la vista de la evaluación del resultado.
2. Se integrará en el Plan de Actuación, siempre y cuando la presión asistencial en materia sanitaria lo permita, medidas de coordinación con la Consejería competente en materia de sanidad para posibilitar, de forma voluntaria por parte del personal, la participación de los profesionales sanitarios en la emisión de dictámenes técnicos o propuestas de valoración o su integración temporal en equipos de valoración de la discapacidad con la finalidad de resolver las solicitudes pendientes por más de seis meses. La Consejería competente en materia de políticas sociales asumirá la financiación de dicha actuación asumiendo el gasto de la implantación de planes especiales de choque de reducción de solicitudes pendientes y su tramitación administrativa y retributiva será igual a los ya vigentes en el Servicio Canario de la Salud, siendo responsabilidad de emitir los certificados de realización de los mismos la referida Consejería competente en materia de políticas sociales.
La Consejería competente en materia de políticas sociales deberá formar al citado personal en valoración de la discapacidad.
3. La Consejería competente en materia de políticas sociales podrá constituir Equipos de Valoración de la Discapacidad específicos para resolver las solicitudes que superen el plazo máximo de seis meses pendientes de resolución, justificando la prioridad en atención a las características de los constructos biopsicosociales.
Asimismo, se articularán medidas de incentivación de los Equipos de Valoración de la Discapacidad estableciendo objetivos periódicos, medidas de productividad económica y de medios tecnológicos.
