Da 4 evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral, por vías no formales de formación y aprendizajes informales
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»D.A. 4ª. Gestión de la calidad del procedimiento.
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1. Las administraciones competentes, a través de sus estructuras organizativas, velarán por garantizar la mejora continua del procedimiento.
2. Los sistemas de evaluación de la calidad del procedimiento garantizarán la consecución de los objetivos y el cumplimiento de las finalidades y principios del procedimiento establecido en el presente real decreto. Para ello, contemplarán la evaluación de, al menos, los aspectos recogidos en el capítulo V del presente real decreto relativos al desarrollo del procedimiento.
