Da 4 Incompatibilidades de Altos Cargos
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»D.A. 4ª.
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El Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Hacienda y en plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta Ley, procederá a dictar el Decreto por el que se apruebe el Reglamento de la misma. Queda autorizado el Consejo de Gobierno para dictar, en el marco de sus competencias, cuantas disposiciones exija la aplicación y el desarrollo de esta Ley.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 4ª) por LEY 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
(M de 30-12-2008) en vigor desde 01-01-2009
