Da 4 Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
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»D.A. 4ª. Oficinas de asistencia en materia de registros.
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Las Administraciones Públicas deberán mantener permanentemente actualizado en la correspondiente sede electrónica un directorio geográfico que permita al interesado identificar la oficina de asistencia en materia de registros más próxima a su domicilio.
