Da 4 Medidas Fiscales, de Gestion Financiera y Administrativa, y de Organizacion de la Generalitat
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA.
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1. Las referencias a la Conselleria de Economía y Hacienda que aparecen en la Ley 8/1985, de 31 de mayo, de Regulación de la Actuación Financiera de las Cooperativas con Sección de Crédito de la Comunitat Valenciana, se entenderán hechas a la Conselleria competente en materia de economía, excepto las contenidas en el artículo 3 y en el inciso inicial del apartado 2 del artículo 12 de dicha Ley, que se entenderán realizadas al Instituto Valenciano de Finanzas.
2. La referencia contenida en el artículo 3 de la citada Ley 8/1985, al registro general de cooperativas de la Conselleria competente en materia de trabajo, se entenderá realizada al Registro de Cooperativas de la Comunitat Valenciana de la Conselleria competente en materia de cooperativas.
