Da 4 Medidas urgentes de politica de Vivienda Protegida
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Da 4 Medidas urgentes de politica de Vivienda Protegida

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DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Protección de datos de carácter personal.

Vigente

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1. Se crea el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida de Aragón, en el que se inscribirán, conforme a esta Ley y sus disposiciones de desarrollo, quienes deseen optar a la adjudicación de una vivienda protegida en la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. La finalidad del Registro es, por un lado, facilitar a través de los procedimientos reglamentariamente establecidos, los datos precisos para la adjudicación de viviendas protegidas y, por otro, proporcionar información actualizada que permita a las Administraciones locales y de la Comunidad Autónoma adecuar sus programaciones públicas de vivienda protegida a la demanda existente.

3. El órgano responsable del fichero es la Dirección General competente en materia de vivienda.

4. Los derechos de acceso, rectificación y cancelación de los datos personales se ejercerán ante la Dirección General competente en materia de vivienda a través, en su caso, de los Servicios Provinciales competentes por razón de la materia.

5. Los datos a incluir en el Registro son los identificativos de quienes conformen las unidades de convivencia demandantes de vivienda y los de ésta, así como los necesarios para verificar el cumplimiento de los requisitos de inscripción y adjudicación establecidos en esta Ley y sus disposiciones de desarrollo.

6. Las medidas de seguridad del Registro son las correspondientes al nivel, medio o alto, según la sensibilidad de los datos.

7. La comunicación o cesión de datos del Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida de Aragón a terceros tendrá lugar, en su caso, conforme a lo establecido en esta Ley y en la normativa sobre protección de datos de carácter personal.

8. En el plazo máximo de seis meses tras la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno desarrollará lo establecido en esta disposición conforme a lo prescrito en la vigente normativa sobre ficheros automatizados y protección de datos de carácter personal. El Registro deberá estar en funcionamiento dentro de dicho plazo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2003 en vigor desde 01-01-2004