Da 4 Movilidad Sostenible

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D.A. 4ª. Plan Estratégico para la sostenibilidad del Transporte Aéreo.

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1. El Gobierno dispondrá de un Plan estratégico para la sostenibilidad del transporte aéreo en España, cuya elaboración, seguimiento y actualización corresponderá al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

2. Este plan será coherente y coordinado con las iniciativas europeas e internacionales en la materia y abordará la sostenibilidad en el sector desde un punto de vista integral, analizando al menos su impacto climático, las emisiones de gases de efecto invernadero, partículas y otros contaminantes a la atmósfera, las emisiones acústicas y la protección de la biodiversidad en los entornos aeroportuarios.

3. El plan establecerá medidas concretas para la consecución de los objetivos fijados a nivel internacional en el corto, medio y largo plazo. Para ello se considerará la contribución de cada uno de los actores principales de la cadena de valor del sector en los ámbitos de la navegación aérea, la gestión de las infraestructuras aeroportuarias, y los operadores de aeronaves y empresas de servicios auxiliares cuya contribución al sector sea relevante, previa consulta a las entidades de la sociedad civil de referencia en lo que concierne a sostenibilidad en el transporte aéreo. Asimismo, definirá los criterios e indicadores a tener en cuenta para realizar su seguimiento y analizar su evolución de modo que pueda evaluarse su efectividad.

4. Corresponde al Consejo de Ministros la aprobación del Plan estratégico para la sostenibilidad del transporte aéreo en España, a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, previo informe de la CDGAE (Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos).