Da 4 Ordenación del turismo en Euskadi
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»D.A. 4ª.
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Aquellos municipios o comarcas que con anterioridad a la aprobación de la presente ley hayan iniciado la elaboración de un Plan Estratégico Comarcal de Ordenación de los Recursos Turísticos, podrán solicitar al Consejo de Gobierno la declaración de comarca turística.
