Da 4 Patrimonio Histórico de Canarias
- Norma derogada desde el 13 de junio de 2019 EXCEPTO las disposiciones adicionales primera a cuarta.
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»D.A. 4ª.
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La escala indicada en el apartado tres de la disposición adicional primera estará integrada por funcionarios del Grupo C, que estén en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 4ª.) por LEY 2/2002, de 27 de marzo, de establecimiento de normas tributarias y de medidas en materia de organizacion administrativa, de gestion, relativas al personal de la Comunidad Autonoma de Canarias y de caracter sancionador.
(CN de 08-04-2002) en vigor desde 09-04-2002
