Da 4 Presupuestos 2016 Navarra
D.A. 4ª.-Tratamiento del Fondo de Participación de las Entidades Locales.
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1. Durante la vigencia del Plan de Inversiones Locales para el periodo 2009-2012 y hasta la aprobación de un nuevo Plan, los créditos aprobados por el Parlamento de Navarra, que integran el fondo de participación de las entidades locales en los tributos de Navarra en su vertiente de transferencias de capital que no hayan sido utilizados presupuestariamente al cierre del ejercicio o que tengan su origen en las economías de ejercicios cerrados, tendrán la consideración de remanente de tesorería afecto.
Dichos créditos, en orden a la conclusión del Plan de Inversiones Locales 2009-2012 dentro del ejercicio presupuestario 2016, gozarán de condición prioritaria a la hora de incrementar su cuantía presupuestaria a lo largo del ejercicio de 2016, siempre que las previsiones de ingreso así lo permitan, en orden a financiar subvenciones a Entidades Locales por ejecución de obras incluidas en el Plan.
2. Igualmente durante la vigencia del Plan de Inversiones Locales para el periodo 2009-2012:
a) Se podrán realizar ajustes entre los créditos incorporados correspondientes a transferencias de capital que integran el Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra.
b) Queda sin efecto la disposición transitoria cuarta de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.
3. Para la gestión de la partida denominada Abastecimiento de agua no incluido en planes directores del vigente Plan de Inversiones Locales se aprobará una Orden Foral de la Consejera competente en materia de Administración Local en la que se regulen las bases del plan de cooperación económica para la financiación de actuaciones o medios extraordinarios que tengan por objeto el suministro de agua extraordinario con destino al consumo humano en situaciones de estiaje o sequía.
