Da 4 Reforma del Estatuto de Autonomia de Aragon
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»D.A. 4ª
Vigente
1. La Comunidad Autónoma de Aragón podrá solicitar al Estado la transferencia o delegación de competencias no recogidas en el presente Estatuto, de conformidad con lo que establece el artículo 150.2 de la Constitución española.
2. También podrá solicitar las transferencias o delegaciones de competencias no incluidas en el artículo 149.1 de la Constitución y no asumidas por la Comunidad Autónoma mediante este Estatuto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-04-2007 en vigor desde 23-04-2007