Da 4 Reglamento de la Ley 3/2007, Renta Básica de Inserción
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»D.A. 4ª. Prestación farmacéutica.
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Los beneficiarios de la Renta Básica de Inserción estarán exentos de aportación en la prestación farmacéutica ambulatoria, según lo dispuesto en el artículo 102.8 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
