Da 4 Renta Canaria de Ciudadanía

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D.A. 4ª. Colaboración de los cabildos insulares en la gestión de la renta de ciudadanía.

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A través de los oportunos convenios de colaboración podrán participar los cabildos insulares con el Gobierno de Canarias y/o con los ayuntamientos de las islas para la consecución de los objetivos y fines comprendidos dentro de la presente ley.