Da 4 Responsabilidad medioambiental
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»D.A. 4ª. Daños no ambientales que se produzcan en cultivos por la liberación de organismos modificados genéticamente.
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Los daños no ambientales que se produzcan en cultivos por la liberación de organismos modificados genéticamente se repararán mediante la indemnización por daños y perjuicios que, en su caso, corresponda con arreglo a la legislación civil.
