Da 4 TR de disposiciones legales de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado
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Da 4 TR. de disposiciones legales de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado

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D.A. 4ª. Resolución de las reclamaciones económico-administrativas sobre tributos cedidos.

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En el supuesto de que se llegue a materializar la asunción efectiva por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura de la competencia para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas relacionadas con la aplicación de los tributos cedidos por el Estado, éstas se sustanciarán en única instancia ante la Junta Económico-Administrativa, que habrán de tramitarse, en cuanto resulten de aplicación, por las disposiciones contenidas en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General tributaria y sus normas de desarrollo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-05-2018 en vigor desde 24-05-2018