Da 4 TR. de la Ley de Patrimonio
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»D.A. 4ª. Pliegos de condiciones.
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El Gobierno de Aragón aprobará pliegos generales-tipo de condiciones para las concesiones demaniales y para la adjudicación del aprovechamiento de los bienes patrimoniales, sin perjuicio de que los departamentos u órganos competentes, en cada caso, para la adjudicación puedan incluir otras condiciones que sean necesarias y acordes con el contexto de las anteriores.
