Da 4 TR. de la Ley del Patrimonio de Euskadi
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»D.A. 4ª.- Ente público Radio Televisión Vasca y sus sociedades.
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1.- El patrimonio del ente público Radio Televisión Vasca se regirá por lo dispuesto en su legislación específica, y supletoriamente por lo dispuesto en esta ley y sus normas de desarrollo.
2.- El patrimonio de las sociedades de gestión del ente público Radio Televisión Vasca se regirá por lo dispuesto en su legislación específica, y supletoriamente por el Derecho mercantil y civil.
