Da 4 TR. de la NF. 5/2006, General Presupuestaria
D.A. 4ª. Contratación administrativa y procedimiento expropiatorio.
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1. Corresponde autorizar la celebración de contratos, previa consignación presupuestaria para este fin y con sujeción a los requisitos establecidos en las leyes, así como la aprobación de gastos derivados de expedientes expropiatorios a la Diputación Foral, al Diputado o Diputada General o a los diputados o diputadas forales en función de la cuantía de los mismos y de acuerdo con los límites que se determinen mediante Decreto de la Diputación Foral.
2. La facultad descrita en el apartado anterior, lleva implícita la de aprobación del proyecto y del gasto correspondiente, de los pliegos de cláusulas y de la adjudicación del contrato, así como todas las demás facultades que la normativa atribuye al órgano de contratación.
