Da 4 Turismo de Cataluña
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»D.A. 4ª. Plan de turismo de Cataluña.
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El Plan de turismo de Cataluña debe redactarse en el plazo de tres años a contar de la entrada en vigor de la presente Ley.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 4ª) por Ley 7/2004, de 16 de julio, de medidas fiscales y administrativas.
(GC de 21-07-2004) en vigor desde 22-07-2004
