Da 42 presupuestos 2025 de la Generalitat
D.A. 42ª. Imputación de gastos autorizados y modificaciones presupuestarias aprobadas, con cargo a los créditos del presupuesto prorrogado
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1. Las operaciones de gasto realizadas con cargo al presupuesto prorrogado se imputarán a los créditos autorizados por la presente ley.
2. Las modificaciones presupuestarias que determine la conselleria competente en materia de Hacienda, mediante la resolución de su titular, realizadas hasta la entrada en vigor de la presente ley, tendrán efectividad en los presupuestos de la Generalitat para el año 2025. Las modificaciones se aplicarán según la estructura presupuestaria incorporada a los estados de ingresos y gastos de esta ley.
3. La persona titular de la conselleria de Hacienda y Economía será la competente para aprobar las modificaciones presupuestarias que tengan por objeto dar cobertura a aquellos compromisos de gasto adquiridos durante el presupuesto prorrogado, siempre que los créditos consignados en el presupuesto para 2025 sean inferiores a los del presupuesto prorrogado.
No obstante, lo dispuesto en el párrafo anterior, las personas titulares de las consellerias serán el órgano competente para aprobar aquellas modificaciones presupuestarias que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28, tengas atribuidas.
