Da 5 Aplicación y desarrollo del Reglamento General de la Gestión Financiera de la Seguridad Social
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»D.A. 5ª. Transferencias a las Mutuas durante 1996 por la cobertura de la incapacidad temporal por contingencias comunes.
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En el ejercicio de 1996, las cantidades que, por la cobertura de la incapacidad temporal debida a contingencias comunes, la Tesorería General de la Seguridad Social deba transferir a la correspondiente Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, serán, al menos, las mismas que en el respectivo período los obligados al pago de cuotas hubieren compensado por prestaciones por incapacidad temporal debidas a contingencias comunes en los documentos de cotización presentados en plazo reglamentario.
