Da 5 Cambio Climático y Transición Energética de Navarra
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»D.A. 5ª. Evaluación.
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El Gobierno de Navarra efectuará cada cuatro años un informe de evaluación del desarrollo de la presente ley foral que deberá ser sometido a deliberación y valoración de la Comisión de cambio climático y transición energética y del Consejo social sobre política de cambio climático y transición energética, para su remisión al Parlamento de Navarra.
