Da 5 Carreteras de Andalucía
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»D.A. 5ª. Valoración de construcciones ya existentes en la zona de afección a efectos de expropiación forzosa.
Vigente
El incremento de valor que experimenten las construcciones o instalaciones ya existentes en la zona de afección de las carreteras como consecuencia de la realización de obras de reparación o mejora de aquéllas, se regirá por lo establecido al respecto por la normativa estatal en materia de carreteras.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-07-2001 en vigor desde 26-10-2001