Da 5 criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano
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»D.A. 5ª. Informes de síntesis.
Vigente
Las comunidades autónomas publicarán periódicamente un informe sobre la calidad del agua de consumo humano y las características de las zonas de abastecimiento de su territorio, con el formato y contenido que cada una de ellas decida y en base al SINAC.
La Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo publicará, anualmente, un informe nacional sobre la calidad del agua de consumo humano y las características de las zonas de abastecimiento en base al SINAC, que se remitirá una vez publicado a la Comisión Europea.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-02-2003 en vigor desde 22-02-2003